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📢 Nuevas medidas de protección para las personas trabajadoras y autónomas de CeutaEl Gobierno ha aprobado medidas extrao...
03/09/2026

📢 Nuevas medidas de protección para las personas trabajadoras y autónomas de Ceuta

El Gobierno ha aprobado medidas extraordinarias para hacer frente a las consecuencias de los acontecimientos del pasado 30 de julio en Ceuta.

Te explicamos el Real Decreto-Ley 22/2026:
👷 Personas trabajadoras: posibilidad de aplicar ERTE por fuerza mayor y acceso a una protección especial por desempleo, sin periodo mínimo de cotización y sin consumir futuras prestaciones.
📚 También se contemplan programas de formación para personas trabajadoras ocupadas.
💼 Personas autónomas: prestación extraordinaria por cese de actividad si han sufrido una reducción de ingresos de al menos el 50 %, además de bonificaciones y facilidades para el pago de cuotas a la Seguridad Social.

📅 Las medidas para suspensiones de contrato y reducciones de jornada estarán vigentes, con carácter general, hasta el 31 de diciembre de 2026.

👉 Si trabajas o eres autónomo/a en Ceuta, conoce las medidas y comprueba cómo pueden afectarte.
🔗 https://www.uso.es/medidas-extraordinarias-para-proteger-a-las-personas-trabajadoras-y-autonomas-en-ceuta/

03/09/2026

USO ofrece un seguro de suspensión de empleo y sueldo, con subsidio y protección jurídica, gratis el primer año para las 1.500 primeras personas afiliadas solicitantes.

USO ofrece un seguro de suspensión de empleo y sueldo, con subsidio y protección jurídica, gratis el primer año para las 1.500 primeras personas afiliadas solicitantes

USO piensa en tu tranquilidad y por eso te ofrece, con el respaldo y las garantías de una compañía especializada como ARAG, un seguro de protección frente a la suspensión de empleo y sueldo derivada del desempeño de tu actividad laboral asalariada o funcionarial, por hechos ajenos a tu voluntad.
Esta póliza incorpora, además, defensa jurídico-penal ante determinados procedimientos derivados del ejercicio profesional, siempre conforme a las condiciones, límites y exclusiones establecidas en el contrato de seguro.
La apuesta de USO por tu seguridad es clara. Incluye:
• El primer año de cobertura gratuito para las primeras 1.500 personas afiliadas solicitantes, con el compromiso de mantener la póliza durante una anualidad más, que se abonará directamente a la compañía aseguradora.
• A partir del segundo año, 44,60 euros de prima anual, ¡menos de 4 euros al mes por tu total tranquilidad!
• En caso de no encontrarse entre las primeras 1.500 personas solicitantes, se aplicarán esos 44,60 euros ya en la primera anualidad. Es importante reseñar que una póliza de características similares puede superar los 200 euros anuales si se suscribe a título individual.
Qué protección ofrece el seguro de suspensión de empleo y sueldo
El seguro que ofrece USO junto a ARAG incorpora dos coberturas fundamentales, que os detallamos a continuación: defensa penal y subsidio por suspensión temporal de empleo y sueldo.
Defensa penal
La persona afiliada que suscriba el seguro contará con cobertura para la defensa de su responsabilidad penal en procedimientos seguidos por hechos producidos en el desempeño de su actividad laboral asalariada o funcionarial.
Esta garantía tiene un límite máximo de 6.000 euros. En caso de que la persona asegurada ejerza su derecho a la libre elección del profesional encargado de su defensa, el límite será del 50%; es decir, hasta 3.000 euros, conforme a las condiciones de la póliza.
La cobertura puede incluir las fianzas que se exijan en el procedimiento penal para obtener la libertad provisional, garantizar la comparecencia al juicio o responder de las costas judiciales. No incluye el pago de indemnizaciones ni de multas.

Dentro de los límites contratados, la póliza puede asumir los gastos derivados del procedimiento penal cubierto, como los honorarios de profesionales de la abogacía y la procura cuando su intervención sea preceptiva, las tasas y costas judiciales, determinados gastos notariales y los honorarios de peritajes necesarios.
Quedan excluidos los hechos voluntariamente causados por la persona asegurada y aquellos en los que una sentencia judicial firme determine la existencia de dolo o culpa grave.

Subsidio por suspensión temporal de empleo y sueldo

Esta garantía está igualmente pensada para hechos producidos durante el desempeño de la actividad laboral asalariada o funcionarial.

La póliza contempla un subsidio de hasta 2.000 euros al mes, durante un máximo de 12 meses, destinado a compensar la pérdida económica real sufrida por una suspensión temporal de empleo y sueldo. La suspensión puede ser provisional o firme y debe haber sido impuesta mediante sentencia judicial o sanción administrativa, como consecuencia de hechos ajenos a la voluntad de la persona asegurada.

En caso de suspensión provisional, ARAG podrá anticipar la diferencia correspondiente a las retribuciones no percibidas. Si la resolución definitiva resulta favorable, las cantidades anticipadas deberán reintegrarse; si la sanción se confirma, ARAG regularizará el subsidio definitivo conforme a lo previsto en la póliza.

La gestión y liquidación del subsidio se efectuará a través de la entidad tomadora del seguro y exigirá la presentación de la documentación acreditativa correspondiente; entre ella, el expediente sancionador, la resolución de la sanción y la justificación de la pérdida económica sufrida.

Una protección sujeta a las condiciones de la póliza

Las garantías se aplican a hechos ocurridos en territorio español y están sujetas a la legislación y a los tribunales españoles.

Como en cualquier contrato de seguro, existen límites, requisitos y exclusiones. La póliza no cubre, entre otros conceptos, las multas o sanciones impuestas a la persona asegurada, las indemnizaciones, los hechos dolosos o causados con culpa grave ni los supuestos expresamente excluidos en sus condiciones generales y particulares.

Antes de formalizar la adhesión, es importante consultar y leer la documentación contractual completa.

Más respaldo, sin sustituir la acción sindical

Esta póliza supone una herramienta adicional de protección, pero no sustituye la acción sindical, el asesoramiento ni la defensa que USO presta a su afiliación.

USO seguirá acompañando a las personas trabajadoras a través de sus secciones sindicales, federaciones y uniones territoriales. El seguro incorpora un respaldo económico y jurídico complementario ante determinadas situaciones profesionales especialmente delicadas.

Puedes solicitar más información sobre sus coberturas en la sede de USO más cercana, en la sección sindical de USO de tu centro de trabajo o escribiendo a [email protected]. También puedes dirigirte a nosotros por estos canales en caso de que quieras afiliarte para beneficiarte de este nuevo servicio de USO.

Cómo solicitar el seguro

Si ya eres una persona afiliada a USO y estás al corriente del pago de tus cuotas, únicamente debes cumplimentar el formulario habilitado para solicitar tu incorporación a la póliza. El plazo para optar a la gratuidad del primer año ya está abierto y finalizará el 1 de octubre, o cuando se completen las primeras 1.500 solicitudes válidas.

La adhesión de las primeras 1.500 personas afiliadas implica el compromiso de mantener la póliza durante el segundo año, cuya prima, de 44,60 euros, será abonada directamente a la compañía aseguradora.

A partir del segundo año, o desde el primero para quienes no se encuentren entre las primeras 1.500 solicitudes, el coste será de 44,60 euros anuales, que la persona asegurada deberá abonar directamente a la compañía.

*Las coberturas están sujetas a las condiciones generales y particulares de la póliza. La información anterior tiene carácter divulgativo y no sustituye la documentación contractual del seguro.

03/09/2026

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♿💼 ¿Tienes reconocida una discapacidad del 33% o superior? Conocer tus derechos también es una forma de protegerte.La di...
19/08/2026

♿💼 ¿Tienes reconocida una discapacidad del 33% o superior? Conocer tus derechos también es una forma de protegerte.

La discapacidad puede activar derechos y medidas de apoyo en el empleo, tanto si estás buscando trabajo como si ya formas parte de una plantilla.

📌 Entre ellos:
✅ Reserva de plazas en oposiciones y procesos selectivos.
✅ Reserva de empleo en empresas de 50 o más personas trabajadoras.
✅ Adaptación del puesto de trabajo.
✅ Derecho a la igualdad y a la no discriminación.
✅ Protección frente a un despido motivado por la discapacidad.

Además, no tienes obligación de comunicar tu discapacidad a la empresa. Sin embargo, si quieres ejercer derechos como solicitar una adaptación del puesto, te recomendamos comunicarlo por escrito y aportar la acreditación correspondiente.

🤝 ¿Tienes dudas o estás teniendo problemas para ejercer alguno de estos derechos? Contacta con USO. Te ayudamos a conocer y defender tus derechos laborales.

🔗 Consulta toda la información:
https://www.uso.es/discapacidad-empleo-y-derechos-que-debes-saber/

USO te informa sobre tus derechos si tienes una discapacidad del 33% o más: contratos, cuotas de reserva, adaptaciones y ayudas al empleo

16/08/2026
16/08/2026
Por qué se habla tanto de absentismo y NUNCA de presentismo? 🤒👇Ir a trabajar enfermo por miedo a perder el empleo, un co...
05/08/2026

Por qué se habla tanto de absentismo y NUNCA de presentismo? 🤒👇

Ir a trabajar enfermo por miedo a perder el empleo, un complemento salarial o entrar en la "lista negra" de la empresa es una realidad invisible. Presionar al trabajador no reduce el problema: traslada el riesgo, alarga las dolencias y reduce la productividad real.

El relato oficial de la patronal estigmatiza siempre a los mismos:Sectores feminizados: (Cuidados, limpieza, comercio) donde las ausencias reflejan puestos con cargas físicas brutales mal diseñados.Juventud precaria: Expuesta a mayor temporalidad y siniestralidad, bajo sospecha constante.

El fraude existe, pero es minoritario y ya tiene mecanismos de control (Inspección). No se puede tratar a la mayoría de personas enfermas como mentirosas.

Desde USO exigimos un indicador oficial de ausencias laborales gestionado por el Ministerio de Trabajo y el INSS, basado en datos administrativos reales, no en informes de las Mutuas o la patronal.La ley es clara: la obligación de prevención es de la empresa, no del trabajador.

Cambiar el nombre del debate es disputar la responsabilidad.¡La salud no se negocia a la baja, se protege!

🔗 https://f.mtr.cool/cvfeoyiisk

Últimamente se habla demasiado de absentismo pero ¿por qué no se habla de presentismo y de por qué agrava el problema que dice combatir?

04/08/2026

La Unión Sindical Obrera (USO) alerta sobre la precariedad y la preocupante falta de estabilidad en el mercado laboral español.

El análisis de los datos del SEPE revela que, pese a las cifras altas de contratación indefinida, miles de estos acuerdos duran menos de una semana o incluso se extinguen en las primeras 48 horas.

A esto se suma el aumento del desempleo en julio, rompiendo la inercia positiva de la temporada estival.

Joaquín Pérez, secretario general de USO, denuncia que las reformas recientes modifican la apariencia estadística pero no corrigen la temporalidad encubierta ni la parcialidad involuntaria.

USO reclama medidas urgentes y un control estricto para consolidar un empleo digno con derechos, seguridad y continuidad. Más información en el enlace adjunto.
🔗 https://f.mtr.cool/kdhwlmcqyd

Dirección

Calle Príncipe De Vergara, 13-7ª
Madrid
28001

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