19/04/2024
Estimados clientes y amigos,
Es de suma importancia notificarles que Servicio Nacional de Aduanas, mediante oficio circular n° 000063 nos hace llegar siguiente información:
Se deja sin efecto algunas medidas de contingencias adoptadas por la Comunidad Europea, en la emisión de prueba de origen en el marco de la crisis sanitaria COVID-19 (Nota informativa N°1 de 31.03.2020.
Las medidas de contingencias indicadas en la nota informativa se referían a flexibilizar la emisión de pruebas de origen, aceptando que éste fuera expedido de manera excepcional en forma de copia, emitida en papel o electrónicamente. Junto con ello, se refería a materias como: emisión de certificados de origen “a posteriori”, calidad de exportador autorizado, entre otras.
Debido a que la situación sanitaria ha mejorado en el marco del COVID-19, se ha decidido suspender las medidas transitorias a contar del 01.05.2024. Por lo que a partir de esta fecha, se debe considerar los procedimientos utilizados previos al período de pandemia.
En cuanto a la coordinación de embarque que nosotros realicemos y estando involucrada emisión del EUR1, es requisito que se deba considerar al momento de efectuar el trámite de despacho de aduana, contar con dicho documento en original.