18/10/2019
SEGURIDAD PRIVADA COMENTA:
En Santiago a viernes 18 de Octubre de 2019.
Muchos olvidan que la principal causa de que millones de personas accedan a vivir en edificios, con normas, reglamentos pagos de G.G.C.C. es la SEGURIDAD. Contar con un servicio de Administración que provea de personal suficiente otorga y satisface esa necesidad.
Sin embargo hay numerosos olvidos que distorsionan la realidad,como ser que el Conserje no es solo un trabajador normado por el Código del Trabajo, sino que también es un AGENTE DE SEGURIDAD normado por el DS 867 y que debe efectuar su trabajo dentro de dicho marco, que le define sus atribuciones.
He visto que personas de las Comunidades y hasta Administradores, proveen de bastones retráctiles, gas pimienta, bates y otros elementos a los Conserjes para que los usen en su supuesta "defensa". Esas acciones no solo constituyen un delito, sino que expone al Conserje a ser demandado por lesiones a terceros.
La única función de un Conserje es ANTES de un delito y DESPUÉS de cometido para informar de circunstancias y detalles ante el requerimiento investigativo. Jamás DURANTE el delito, pues eso es labor de Carabineros de Chile.
SEGURIDAD PRIVADA EN EDIFICIOS.