LOGISTICS SOLUTIONS & CARGO S.A.

LOGISTICS SOLUTIONS & CARGO S.A. Empresa dedicada al transporte internacional de carga via aerea, maritima , terrestre desde y hacia

Logística Nacional e Internacional, así como servicios de asesoría Aduanera y Comercio Exterior, con experiencia de más de 20 años.

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29/07/2013

EXCELENTES PRECIOS . Y EXCELENTES FRECUENCIAS DESDE CUALQUIER PARTE DEL MUNDO .
Empresa dedicada al transporte internacional de carga vía aérea, marítima , terrestre desde y hacia cualquier parte del mundo. Servicio de aduana y asesoramiento en comercio exterior en el Ecuador.

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26/07/2013

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25/07/2013

Díganos dónde y cuándo
nosotros lo hacemos posible
Logística Nacional e Internacional, así como servicios de asesoría Aduanera y Comercio Exterior desde Ecuadorhttp://www.lscecuador.com/ #!Nuestros socios/component_53793

¿Sabes cuándo se considera en el aeropuerto que tu equipaje es contrabando?En los términos previstos en la Ley, el contr...
12/07/2013

¿Sabes cuándo se considera en el aeropuerto que tu equipaje es contrabando?

En los términos previstos en la Ley, el contrabando se configura también en las Salas de Arribo Internacional de los aeropuertos del país, cuando para evadir el control y vigilancia aduanera se ingresen clandestinamente bienes tributables al territorio aduanero ecuatoriano; o, cuando se oculte fraudulentamente por cualquier mecanismo doloso los bienes tributables para evitar el control aduanero.

La defraudación aduanera se configura únicamente si el viajero no registró en el formulario correspondiente bienes tributables, que excedan del límite admisible de USD 2.000,00 (dos mil dólares de los Estados Unidos de América) para acogerse al despacho a través de la Sala Internacional de Pasajeros. Cuando se supere este límite terminará el ámbito de aplicación del régimen de excepción, adquiriendo el formulario de registro aduanero el carácter de declaración aduanera simplificada para fines sancionatorios tributarios.

¿Cómo se debe proceder cuando arriben mascotas como carga general en los aeropuertos internacionales?Cuando arriben masc...
11/07/2013

¿Cómo se debe proceder cuando arriben mascotas como carga general en los aeropuertos internacionales?

Cuando arriben mascotas por carga general a los aeropuertos internacionales, el Director Zona Primaria podrá disponer, dependiendo de su tamaño, el traslado a Sala Internacional de Pasajeros para su nacionalización, cumpliendo con todos los requisitos correspondientes.

¿Sabe usted qué artículos se consideran en las aerolíneas efectos de viajeros y por tanto los puede traer en el equipaje...
08/07/2013

¿Sabe usted qué artículos se consideran en las aerolíneas efectos de viajeros y por tanto los puede traer en el equipaje sin pagar impuestos?

Se considerarán como efectos personales que acompañan al viajero o grupo familiar, los artículos o ropa que porte el viajero para su uso personal, siempre que por su cantidad o valor no puedan ser considerados comerciales, los siguientes artículos (sean nuevos o usados):

Prendas de Vestir;
Artículos de tocador;
Elementos de aseo personal;
Joyas, bisutería, adornos personales y adornos para el hogar;
Libros, revistas, material fotográfico y documentos impresos o manuscritos;
Alimentos procesados, debidamente sellados o empacados al vacío que acompañen al viajero y su grupo familiar, en cantidades no comerciales;
Alimentos y utensilios para niños que acompañen al Viajero;
Bienes de uso profesional, herramientas y equipos necesarios para el desempeño de funciones o actividades laborales propias del viajero, únicamente los que sean portátiles y de fácil transportación por parte del viajero, situación que deberá ser justificada mediante un carné laboral, contrato de trabajo u otro documento público o privado;
Vestuario de artistas, compañías de teatro, circos o similares;
Medicamentos de uso personal. Para el caso de medicamentos que contengan sustancias psicotrópicas deberán estar acompañados con su respectiva prescripción médica;
Ayudas técnicas para los viajeros discapacitados, tales como: sillas de ruedas, muletas, aparatos ortopédicos y similares, equipos necesarios para control médico, movilización y desenvolvimiento independiente del viajero, siempre que todos estos implementos estén acordes a su discapacidad y en cantidades exclusivas para su uso personal;
Medidores de presión arterial de temperatura y de glucosa, que lleven consigo los viajeros;
Equipo de acampar;
Maletas, bolsos u otros que sirvan para transportar su equipaje;
Máximo 300 ML de Perfume (s) por persona y 600 ML por grupo familiar.
Discos compactos de video, música o datos que puedan ser transportados normalmente por una persona;
Máximo 2 animales domésticos vivos como mascota, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos sanitarios correspondientes; si son embarcados los animales en el mismo vuelo incluso como carga, su proceso de despacho será por sala internacional de viajero;
Máximo 2 instrumentos musicales y/o sus respectivos accesorios, que puedan ser transportados normalmente por una persona;
Artículos deportivos y sus accesorios que puedan ser transportados normalmente por una persona;
Juguetes y sus accesorios que puedan ser transportados normalmente por una persona;
Máximo 3 litros de bebidas alcohólicas, 20 cajetillas de ci*******os de 20 unidades, 1 libra de tabaco y 25 unidades de habanos o ci****os. Cuando un mismo envase exceda de los 3 litros de bebidas alcohólicas, 1 libra de tabaco o 25 unidades de habanos o ci****os no se considerara como efectos personales de viajero, debiendo tributar por todo el contenido del envase;
Máximo 6 memorias digitales para cámara fotográfica, computadoras o dispositivos móviles incluyendo teléfonos celulares, exceptuando las que vengan incorporadas en los equipos antes mencionados;
Máximo 10 videos juegos, entendiéndose como cassetes, cd o similares;
Utensilios de cocina, siempre y cuando no sean eléctricos que puedan ser transportados por una persona;
Máximo 3 aparatos de cocina eléctricos portátiles; e,
Instrumentos portátiles utilizados para jardinería.

Adicional a lo señalado, todo viajero o jefe de familia, que presente una declaración aduanera, podrá ingresar como efectos de viajero hasta una unidad nueva y una usada de los siguientes artículos portátiles:
A. Cámaras fotográfica;
B. Filmadora;
C. Agenda Electrónica u ordenador personal en tableta (tablet);
D. Equipo de posicionamiento global portátil (GPS);
E. Computador portátil y sus periféricos (mouse, audífonos, cámaras, teclado, y similares);
F. Consola para video juegos (portátiles o no);
G. Calculadora electrónica
H. Teléfono Celular;

De los artículos enunciados en el listado anterior, el grupo familiar podrá ingresar una unidad nueva por el grupo y una unidad usada por cada uno de sus miembros. En caso de encontrarse en poder del viajero o grupo familiar más unidades de las indicadas en la lista precedente, se las considerará bienes tributables; por lo tanto, su valor conformará parte de la base imponible de la obligación tributaria


Tanto para el viajero como para el grupo familiar en su conjunto, se permitirá como efectos personales de viajero hasta una unidad, sea nueva o usada, de los siguientes bienes:
Reproductor de Imagen/video o sonido portátiles;
Televisor (hasta de 22”);
Computador de escritorio y sus periféricos (mouse, audífonos, cámaras, teclado, scanner y similares);
Prismáticos;
Aparato de proyección y pantalla;
Monitor de Computadora hasta 22”;
Impresora; y,
Teléfono o fax.

En caso de encontrarse dos o más unidades, de los artículos indicados en la lista precedente independientemente de que la segunda unidad sea nueva o usada, se la considerará bienes tributables; por lo tanto, su valor conformará parte de la base imponible de la obligación tributaria.
Adicionalmente, se considerará como efectos personales que acompañen al viajero, un bien (un set o kit de bienes comprendidos como un todo) y que no tenga estas restricciones ya sea por volumen, cantidad o tamaño, cuyo valor no supere los US$ 500.00(quinientos dólares de los Estados Unidos de América)
Para el caso de los tripulantes de las aerolíneas, que retornan al país producto de sus viajes habituales de trabajo, no se considerará como efecto personal los artículos antes mencionados.

¿Sabe lo que es el Break Bulk?Break Bulk hace referencia a cargas por cuyas dimensiones no puede ser contenerizada. Por ...
04/07/2013

¿Sabe lo que es el Break Bulk?

Break Bulk hace referencia a cargas por cuyas dimensiones no puede ser contenerizada. Por esta razón los buques convencionales y multipropoósito son utilizados ya que prueban ser mas económicos que el uso de contenedores o equipos especiales como plataformas.

En LSC Ecuador, ofrecemos servicio de transporte terrestre a nivel nacional, con unidades para todo tipo de carga, sea en LCL carga suelta o en contenedores.

Unidades con rastreo satelital.

Servicio para carga de importación o exportación aérea en camiones cerrados y con las respectivas normas de seguridad.

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¿Cómo elegir la mejor compañía para el transporte de su carga?Sin duda esta elección deberá hacerse tomando en cuenta aq...
04/07/2013

¿Cómo elegir la mejor compañía para el transporte de su carga?

Sin duda esta elección deberá hacerse tomando en cuenta aquello que nos permita obtener los mejores beneficios en la economía global, es decir:

• Un precio razonable por el envío de sus productos
• Experiencia en la logística
• Alta reputación en el manejo de la carga
• Capacidad de planificación de la logística
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Consulte sobre nuestros Servicios, que será un placer poder atenderlo.

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02/07/2013

Realizamos todos los trámites de Aduana de manera local en Ecuador.

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27/06/2013

¿Tienes alguien en España que quiere retornar al Ecuador?

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Contáctanos, somos expertos en este manejo.

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26/06/2013

Tenemos consolidados en Miami, recibimos tus productos en nuestra bodega y la bajamos junto con carga de otros clientes para que tu flete maritimo sea mas económico.

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